Plan Médico Asistencial

1- ATENCIÓN MÉDICO ASISTENCIAL

Se brinda una cobertura integral, es decir un abordaje biopsicosocial de los problemas de salud. Se asegura un mecanismo integrado de atención en los distintos niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria. Se provee de cuidados continuos a los beneficiarios, privilegiando su atención a partir de un médico de familia que sea el responsable de sus cuidados, y donde los beneficiarios referidos tengan el derecho a conocer el nombre de su médico, así como los de los demás proveedores de servicios, quienes están obligados a conocer y acompañar en forma integral a los pacientes en el cuidado de su salud, en su recuperación y en su rehabilitación.

PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA

1.1-PLAN MATERNO-INFANTIL


Este programa comprende a las embarazadas y a los niños hasta los tres (3) años de edad.


Comprende:


Cobertura del 100% de la atención integral del embarazo, parto y del recién nacido hasta los tres (3) años de edad, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27.611. Cobertura del 100% en medicamentos inherentes al estado de embarazo, parto y puerperio para la madre y del 40% para medicamentos ambulatorios no relacionados de modo directo con el embarazo y posterior nacimiento del niño. Cobertura del 100% en medicamentos para el niño hasta los tres (3) años de vida.


1.2-PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE CUELLO UTERINO


Este programa se orienta a mujeres desde los 18 años y sin límite de edad superior.

Tiene como objetivo principal contribuir a la reducción de la incidencia y mortalidad por esta enfermedad.

El diagnóstico precoz del cáncer de mama es el instrumento más importante en el pronóstico de la enfermedad y la supervivencia de la paciente.

Se garantiza la consulta ginecológica anual y el acceso oportuno con cobertura del 100% a las prácticas de pesquisa temprana/métodos de screening.

1.3-PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE MAMA


Este programa se orienta a mujeres desde los 35 años y sin límite de edad superior. Para mujeres con riesgo aumentado, se intensificará el control a edades más tempranas.

Se propone reducir la morbilidad y la mortalidad relacionadas con esta enfermedad, con la misión de promover y asegurar la calidad y equidad del cuidado de las mujeres de riesgo, con sospecha o confirmación de cáncer de mama.

El diagnóstico precoz del cáncer de mama es el instrumento más importante en el pronóstico de la enfermedad y la supervivencia de la paciente.

Se garantiza la consulta ginecológica anual y el acceso oportuno con cobertura del 100% a las prácticas de pesquisa temprana/métodos de screening.

1.4-PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE COLON


Este programa se orienta a pacientes mayores de 50 años de edad o aquellos con factores de riesgo que aumentan la probabilidad de padecerlo.

El diagnóstico precoz en cáncer de colon modifica los desenlaces de mortalidad, morbilidad y calidad de vida de los pacientes.

Se garantizan los controles periódicos a través de rastreos con estrategia de sangre oculta en materia fecal y/o colonoscopía.

1.5-PROGRAMA DE ODONTOLOGÍA PREVENTIVA


Este programa se orienta a la totalidad de la población beneficiaria, en especial a embarazadas y menores de 18 años
Toda práctica incluida en el programa tendrá una cobertura del 100% a cargo de la Obra Social.


Acciones:


1.6-PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE


Este programa se orienta a la población sexualmente activa, independientemente de la edad.


Objetivos


Cobertura

2- ATENCIÓN SECUNDARIA

Todas las especialidades de cobertura obligatoria.


ESPECIALIDADES


PRÁCTICAS Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS AMBULATORIOS DIAGNÓSTICOS Y TERAPÉUTICOS

3- INTERNACIÓN

Se asegura el 100% de la cobertura en la internación en cualquiera de sus modalidades ( institucional, hospital de día o domiciliaria ). Todas las prestaciones y prácticas que se detallan en el Anexo II de la Resolución N° 201/2002 MSAL, se encuentran incluídas dentro de la cobertura.

Comprende la internación clínico-quirúrgica general y especializada, programada y de urgencia, de baja, mediana y alta complejidad y cirugía ambulatoria.

4- SALUD MENTAL

Se asegura la cobertura prevista en la Ley N° 26.657 y en el decreto reglamentario Nº 603/2013, sin limitaciones en cuanto al número de sesiones ni los días de internación. Esto incluye las modalidades de entrevista psiquiátrica, psicológica, psicopedagogía, psicoterapia individual, psicoterapia grupal, psicoterapia de familia y de pareja, psicodiagnóstico.

En la internación se cubrirán patologías agudas en las modalidades institucional u hospital de día.

5- REHABILITACIÓN

Se dará el 100% de cobertura ambulatoria para rehabilitación motriz, psicomotriz, fonoaudiología, readaptación ortopédica y rehabilitación sensorial.


6- ODONTOLOGÍA

7- MEDICAMENTOS

Ley N° 25.649 y Decreto N° 987/2003, de Promoción de la Utilización de Medicamentos por su nombre genérico.


Conforme lo establece el art. 2º de la Resolución Nº 310/2004 del Ministerio de Salud de la Nación, modificatoria de la Resolución Nº 201/2002 MSAL, contemplando:



SISTEMA ÚNICO DE REINTEGRO POR GESTIÓN DE ENFERMEDADES (SURGE)


Se garantiza el acceso con el 100% de cobertura a los medicamentos, insumos y prestaciones incluidos en el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades, sobre la base de lo dispuesto por la Resolución Nº 465/2021-SSSALUD y sus normas complementarias, para los beneficiarios de Agentes del Seguro de Salud.

8- OTRAS COBERTURAS

9- COBERTURA ESPECÍFICO